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Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas

A continuación se presenta toda la normativa que establece potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas para este Organismo ().

Potestad, competencia, responsabilidad, función, atribución y/o tareas Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente
Efectuar los estudios, análisis y proposiciones relativos al desarrollo nacional, en sus aspectos global, sectorial y regional, oyendo las propuestas de los diferentes sectores involucrados Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 2° ver enlace
Proponer anualmente al Presidente de la República las metas de inversión pública sectorial y regional necesarias para la preparación del proyecto de ley de presupuesto de entradas y gastos de la Nación Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 2° ver enlace
Proponer anualmente al Presidente de la República un plan global e integrado para enfrentar los problemas de pobreza y desempleo Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 2° ver enlace
Coordinar, con la Dirección del Presupuesto del Ministerio de Hacienda, los proyectos de presupuestos anuales que presentan los ministerios, las intendencias, instituciones descentralizadas y empresas del Estado, de acuerdo con las referidas metas Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 2° ver enlace
Colaborar con los Ministerios del Interior y de Hacienda en la preparación del proyecto de presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo Regional Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 2° ver enlace
Establecer los criterios de evaluación económica y social para los proyectos de inversión financiados directa o indirectamente por el Estado y colaborar con el Ministerio de Hacienda en la definición de normas de financiamiento para planes y proyectos de desarrollo, en especial de aquellos sustentados total o parcialmente con recursos externos Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 2° ver enlace
Proponer y asesorar técnicamente a los intendentes, a través de las Secretarías Regionales Ministeriales de Planificación y Coordinación para la formulación y elaboración de políticas, planes y programas de desarrollo y presupuestos de inversión regionales Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 2° ver enlace
Disponer los estudios de base para el diagnóstico de la situación de las personas con discapacidad y otros grupos vulnerables de la sociedad proponer políticas y normas sobre la materia: articular y coordinar programas intersectoriales y proyectos específicos que favorezcan la integración social de dichas personas o grupos. Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 2° ver enlace
Propiciar investigaciones sobre técnicas de planificación y de evaluación en las materias asignadas al Ministerio. Para estos efectos podrá concertarse con los organismos técnicos, tanto públicos como privados, nacionales o extranjeros. Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 2° ver enlace
Administrar y coordinar, a través de la Secretaría de Chile Solidario, el Sistema Chile Solidario. Reglamento para la aplicación de la Ley N° 19.949 que crea el Sistema Chile Solidario, Art. 3° y Ley 20.379, que crea Sistema Intersectorial de Protección Social, Art. 3° ver enlace
Elaborar y mantener el Registro de Instituciones Donatarias a que se refiere el número 5 del artículo 2º del Reglamento del Fondo Mixto de Apoyo Social, en el que se incorporarán todas aquellas instituciones que hayan sido calificadas por el Consejo del Fondo Mixto como susceptibles de recibir donaciones a las que se refiere el Título I de la ley Nº 19.885. Decreto Supremo N° 77, de 2010, de MIDEPLAN,Artículo 6º.- ver enlace
Nombra representantes y encargados de la ley 20.285 sobre acceso a la información pública Resolución Exenta N°159, del 8 marzo 2011 ver enlace

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