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Por doce votos a favor y  cero en contra la Comisión de Familia y del Adulto Mayor de la Cámara de Diputados aprobó la idea de legislar el Proyecto de Ley de Garantías de Derechos de la Niñez.
miércoles 09 de diciembre, 2015

Comisión de Familia aprueba por unanimidad la idea de legislar el Proyecto de Ley de Garantías de Derechos de la Niñez


Por doce votos a favor y  cero en contra la Comisión de Familia y del Adulto Mayor de la Cámara de Diputados aprobó la idea de legislar el Proyecto de Ley de Garantías de Derechos de la Niñez.

Valparaíso, 9 de diciembre. El Ministro de Desarrollo Social, Marcos Barraza, señaló su satisfacción respecto de este resultado y destacó  que “esta votación refleja el interés transversal de todos los sectores políticos -tanto del oficialismo como de la oposición- por dotarnos de una nueva institucionalidad en materia de protección de niños y niñas que se haga cargo del déficit que tenemos en materia de derechos de la niñez, pensando en una sociedad que tiene que avanzar  en garantías y oportunidades. Hoy día los diputados y diputadas han actuado con una mirada de Estado y el Ejecutivo, por su parte, ha actuado con voluntad de escucha, receptividad y con la orientación a hacer perfectible este proyecto”.

El proyecto de ley ingresó el 24 de septiembre a la Cámara Baja y durante el proceso se desarrollaron 8 audiencias públicas, en las que se recibieron a 33 invitados de diversas organizaciones de la sociedad civil y expertos, quienes aportaron  sus puntos de vista para enriquecer la discusión en la Comisión.

El trabajo en comisión permitió identificar de mejor modo los aspectos perfectibles del proyecto para la elaboración de las indicaciones que presentará el Ejecutivo; sin perjuicio de aquellas que presenten los parlamentarios, lo que facilitará la discusión y votación en particular.

Por su parte, la Secretaria Ejecutiva del Consejo de la Infancia, Estela Ortiz,  señaló que este resultado era un paso importante y  significativo y que “fue producto de un trabajo transversal con las diferentes bancadas y asesores en el cual se ha puesto  en el centro que este país tiene que avanzar significativamente  a garantizar  los derechos de niños, niñas y adolescentes, a que nunca más existan niños que no tengan igualdad de oportunidades en su desarrollo ,a que niños deban ser separados de sus familias por el hecho de ser pobres, que haya niños que no tengan posibilidad de tener educación de calidad  o salud. Aquí  quedó en evidencia que como país, no hay dos visiones diferentes. Tal vez tengamos algunas diferencias ideológicas o posición diferente hasta  donde avanzar en este rumbo, pero lo que está claro es que tenemos que garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes y eso es algo de lo que nos tenemos que sentir orgullosos como país”.

A esta votación le seguirá  la discusión en  particular de las indicaciones,  las que se verán  durante enero en la Comisión de Familia y luego se votarán en  la sala.

Proyecto de Ley

La Ley de Garantías de Derechos de la Niñez es una ley marco  que establecerá en el país un inédito sistema de garantías y protección del ejercicio de los derechos de la infancia a través de un conjunto de normas, instituciones y políticas según lo establecido en la Convención de Derechos del Niño y otros instrumentos internacionales.

Esta futura ley fortalecerá la protección universal, a través de la coordinación de todas las prestaciones que entrega el sistema público, rol que corresponderá al Comité Interministerial de Desarrollo Social, organismo que reúne a los ministros del área social.

Entre otros temas, en la futura ley de garantías la familia tiene un rol fundamental en el cuidado y educación de los niños, guiándolos en el ejercicio pleno de sus derechos y orientándolos conforme con su autonomía progresiva. El Estado apoyará activamente a la familia en el cumplimiento de este rol. Estela Ortiz precisó que “esta ley fortalece a la familia y a los padres, pues contiene un compromiso explícito del Estado para apoyarla en el cumplimiento de su rol como guía y orientadores de sus hijos y evidencia la voluntad del gobierno de mejorar las condiciones de vida de los niños y niñas que viven en Chile y de potenciar las capacidades de las familias para llevar adelante esa tarea”.

Por otra parte, la ley reconoce al niño como sujeto de derechos, capaz de ejercerlos por sí mismo, según su edad y grado de madurez. Conforme con ello, puede actuar ante los organismos del Estado para reclamar sus derechos, en conformidad con la ley y con la orientación de sus padres cuando corresponda. La Ley de infancia consagra también el interés superior del niño, entendido como la máxima satisfacción del conjunto de sus derechos, criterio que orienta la interpretación que se debe hacer en cada caso concreto.

La ley de garantías protege los derechos establecidos en la Convención y desarrolla normas concretas sobre algunos de esos derechos con el fin de reforzar su garantía o regular la forma de su protección. Es el caso de la protección contra la violencia; la libertad ambulatoria; el derecho a ser oído; el derecho a la identidad cultural; el derecho a vivir en familia; la libertad de pensamiento, conciencia y religión; la libertad de expresión; el derecho a la vida privada; el derecho a la propia imagen y la honra; el derecho de participación y la prohibición de la discriminación arbitraria; el derecho a la educación y la salud; y  el derecho de petición, entre otros.

 

En cuanto a los casos en que los niños deban ser separados de su familia, la nueva legislación define la competencia exclusiva del tribunal y otorga competencia al órgano administrativo para acciones de derivación del niño o su familia a programas de apoyo especializado. Se establece, como principio general, que todo niño tiene derecho a asistencia jurídica para la defensa de sus derechos.

La ley establece además que la autoridad administrativa podrá solicitar al tribunal el cumplimiento forzoso en caso que las medidas administrativas no sean aceptadas por el niño o su familia; y un mecanismo de impugnación judicial y administrativa. Además, considera la facultad excepcional de la administración para decretar la separación del niño de su entorno familiar en casos urgentes, en que exista riesgo para la vida o integridad del niño, enviando todos los antecedentes al tribunal de inmediato, para que éste resuelva en primera audiencia.

Finalmente la ley hará obligatorio que el Estado disponga en forma permanente de una política nacional de niñez y un plan de acción, para cuyos efectos fija la forma en que deben aprobarse, su plazo de duración y su contenido mínimo.

Contexto del proyecto de ley

Al ratificar el Estado de Chile en 1990 la Convención sobre los Derechos del Niño asumió la obligación de adecuar la legislación vigente a este tratado internacional.

Desde entonces, el Estado ha realizado diversos avances entre los que se incluyen el fin de la diferencia entre hijos legítimos y naturales, la ley de responsabilidad penal adolescente, el post natal de seis meses y la eliminación de los Juzgados de Menores, además de otras reformas legales con incidencia en el área de la niñez.

Sin embargo, aún era necesario aprobar una normativa general destinada a garantizar el respeto integral de los derechos de la niñez que ordena la Convención.

Además de garantizar que desde los primeros años los niños y niñas cuenten con los derechos esenciales que les permitan desplegar al máximo sus capacidades, esta normativa incidirá en aspectos significativos de la vida de los niños. Es decir, el rol que corresponde a la familia en la orientación y dirección del niño en el ejercicio de sus derechos, conforme con su edad y madurez; el rol del Estado para fortalecer a la familia; la protección universal de los derechos de los niños; el derecho a ser oídos; la proscripción de toda forma de violencia en contra de los niños, y la consagración general del interés superior del niño.