Derechos Humanos de las Personas mayores


La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores estableció los siguientes derechos:


Respecto al bienestar de las personas mayores, hoy existe un tránsito desde un enfoque asistencialista hacia uno de derechos.

El Estado tiene la responsabilidad de brindar a las personas mayores la protección necesaria para mantener su integridad física, psíquica y social.

La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (CIDHPM), con su ratificación en la Organización de los Estados Americanos (OEA) el 2017, provee directrices para la generación de políticas, planes y programas dirigidos a personas mayores.

Con lo anterior se espera “promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad”, de acuerdo a lo establecido por la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

De esta manera, se indica a las personas mayores como titulares de derechos específicos y al Estado como garante de cumplir con estas obligaciones.

Chile debe seguir avanzando en reconocer, respetar, promover y garantizar los 27 Derechos consagrados en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.