Ley de Presupuestos - Subsecretaria de Servicios Sociales 2020
Presupuesto
Según el Art. 15 punto Nº11 de la Ley de Presupuestos del año 2020. Cada Ministerio y los demás órganos de la Administración del Estado deberán poner a disposición en sus respectivos sitios electrónicos la información relativa al presupuesto asignado por esta ley. Para estos efectos procurarán utilizar un lenguaje claro y comprensible, que permita ser comprendido por la mayor cantidad de personas, utilizando gráficos y cualquier otro mecanismo que permita comprender, de manera sencilla, cómo se compone el presupuesto y los distintos elementos que lo integran.
Articulado 15, punto Nº2
Según el Art. 15 punto Nº 2 de la Ley de Presupuestos del año 2020. En caso de contar con asignaciones comprendidas en los Subtítulos 24 y 33, los organismos responsables de dichos programas deberán publicar en un informe trimestral, dentro de los treinta días siguientes al término del respectivo trimestre, en su sitio web institucional, la individualización de los proyectos beneficiados, nómina de beneficiarios, metodología de elección de éstos, las personas o entidades ejecutoras de los recursos, los montos asignados y la modalidad de asignación.
Ejecución
- Partida 21-01-01 “Subsecretaria de Servicios Sociales”
- Partida 21-01-05 “Ingreso Ético Familiar y Sistema Chile Solidario”
- Partida 21-10-01 “Subsecretaría de la Niñez”
- Partida 21-10-02 “Sistema de Protección Integral a la Infancia”